Inicio » Normativa del vapeo en España
Normativa del vapeo en España
La normativa del vapeo en España, explicada en lenguaje claro: qué dice la ley sobre los cigarrillos electrónicos, los límites de nicotina y envases, el impuesto al vapeo, el registro en Sanidad y la futura ley antitabaco. Todo contrastado con fuentes oficiales.
La normativa del vapeo en España se apoya en varias normas que conviene tener claras antes de comprar o vender. En esta guía la resumimos entera —productos, impuestos, edad y futuro— con enlaces a las fuentes oficiales.
✅ La normativa del vapeo en España, en 1 minuto
- Qué la regula: el Real Decreto 579/2017 (que traspone la Directiva europea del tabaco 2014/40/UE) y la Ley 28/2005 frente al tabaquismo.
- Límite de nicotina: máximo 20 mg/ml. Los depósitos no superan los 2 ml y los envases de recarga, los 10 ml.
- Impuesto al vapeo: en vigor desde el 1 de abril de 2025 (Ley 7/2024). El líquido tributa a 0,15 €/ml (sin nicotina o ≤15 mg/ml) o 0,20 €/ml (más de 15 mg/ml). No se aplica en Canarias, Ceuta ni Melilla.
- Edad mínima: 18 años. Prohibida la venta a menores.
- Lo que viene: el anteproyecto de la nueva ley antitabaco (aprobado en septiembre de 2025, todavía no en vigor) prohibirá los desechables y ampliará los espacios sin humo.
Qué leyes forman la normativa del vapeo en España
El marco principal es el Real Decreto 579/2017, que adapta a España la Directiva 2014/40/UE (conocida como TPD, por sus siglas en inglés). Esta norma define qué es un cigarrillo electrónico y un envase de recarga, y fija los requisitos de composición, seguridad, etiquetado e información que deben cumplir antes de venderse.
A esto se suma la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, que regula dónde se puede consumir y cómo se puede publicitar. Y desde 2025, la parte fiscal la marca la Ley 7/2024, que creó el impuesto especial sobre los líquidos.
Límites de producto: nicotina, envases y etiquetado
La normativa europea y española fija límites claros para cualquier líquido o dispositivo que se venda en España:
- Concentración de nicotina: no puede superar los 20 mg/ml.
- Capacidad del depósito del dispositivo: máximo 2 ml.
- Envases de recarga con nicotina: máximo 10 ml.
- Etiquetado: advertencias sanitarias obligatorias, lista de ingredientes, contenido de nicotina por dosis y prospecto con instrucciones.
- Cierres de seguridad: envases a prueba de niños y de manipulación, que impidan derrames.
Los líquidos sin nicotina (como los aromas para preparar tu propia mezcla) tienen requisitos de etiquetado más laxos, pero también están sujetos a control y, desde 2025, al impuesto.
El impuesto al vapeo (Ley 7/2024): cuánto y desde cuándo
La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, creó el Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Tras varios aplazamientos, entró en vigor el 1 de abril de 2025. Es un impuesto especial de fabricación que se aplica en todo el territorio español excepto en Canarias, Ceuta y Melilla.
| Producto | Tipo impositivo |
|---|---|
| Líquido sin nicotina o con 15 mg/ml o menos | 0,15 € / ml |
| Líquido con más de 15 mg/ml de nicotina | 0,20 € / ml |
| Bolsas de nicotina | 0,10 € / g |
| Otros productos de nicotina | 0,10 € / g |
En la práctica, esto encarece el producto. Por ejemplo, un líquido de 10 ml con más de 15 mg/ml soporta 2,00 € de impuesto (0,20 € × 10 ml), al que luego se suma el IVA. La gestión se hace con el modelo 573 y exige inscripción en el registro territorial para fabricantes, importadores y almacenistas.
Registro y notificación a Sanidad
Antes de vender un cigarrillo electrónico o un envase de recarga en España, el fabricante o importador debe notificarlo a las autoridades sanitarias (a través de la Dirección General de Salud Pública) con seis meses de antelación. La notificación incluye la composición, las emisiones, los datos toxicológicos y la información del producto.
Esto significa que un producto legal en España ha pasado por ese control previo. Comprar en tiendas que trabajan solo con productos notificados —como YonofumoYovapeo— es la forma de asegurarte de que cumples la normativa.
Venta a menores y publicidad
- Edad mínima: prohibida la venta de cigarrillos electrónicos y líquidos a menores de 18 años.
- Publicidad: la promoción y el patrocinio están muy restringidos, en línea con las limitaciones del tabaco.
- Consumo: ya hoy no se puede vapear en centros sanitarios, educativos, transporte público y administraciones; la futura ley ampliará esa lista.
La futura ley antitabaco: qué cambiará
⚠️ Importante: a día de hoy es solo un anteproyecto y todavía no está en vigor. El Consejo de Ministros lo aprobó el 9 de septiembre de 2025, pero debe completar su tramitación parlamentaria, que puede alargarse. Estas son las novedades previstas que más afectan al vapeo:
- Prohibición de los desechables (de un solo uso): se prohibirá su venta, con un periodo transitorio de 12 meses para agotar existencias y adaptar el mercado.
- Equiparación al tabaco: los cigarrillos electrónicos (con o sin nicotina), las bolsas de nicotina, las shishas y el tabaco calentado tendrán las mismas restricciones que el tabaco.
- Más espacios sin humo: terrazas de bares y restaurantes, marquesinas y estaciones de transporte, espectáculos al aire libre, parques infantiles, instalaciones deportivas y exteriores de centros sanitarios y educativos.
- Prohibido fumar y vapear delante de menores en determinados contextos.
Iremos actualizando esta sección a medida que avance la tramitación.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 579/2017 y Ley 28/2005 — Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos (Ley 7/2024, modelo 573) — Agencia Tributaria (AEAT).
- Notificación de productos y salud pública — Ministerio de Sanidad.
Última actualización: 18 de junio de 2026. Esta página recopila la normativa del vapeo en España vigente y en tramitación con fines informativos; no constituye asesoramiento legal. Ante cualquier duda, consulta las fuentes oficiales enlazadas.
Preguntas frecuentes sobre la normativa del vapeo en España
¿Es legal el vapeo en España?
Sí. Vapear es legal para mayores de 18 años. Los productos deben cumplir el Real Decreto 579/2017 y estar notificados a las autoridades sanitarias antes de venderse.
¿Cuál es el límite de nicotina permitido?
El máximo legal es 20 mg/ml. Los envases de recarga con nicotina no pueden superar los 10 ml y los depósitos de los dispositivos, los 2 ml.
¿Cuánto sube el precio por el impuesto al vapeo?
El impuesto añade 0,15 € por ml a los líquidos sin nicotina o de hasta 15 mg/ml, y 0,20 € por ml a los de más de 15 mg/ml, más el IVA correspondiente. Un líquido de 10 ml de alta concentración soporta 2,00 € de impuesto.
¿El impuesto al vapeo se aplica en toda España?
No. Se aplica en la península y Baleares, pero no en Canarias, Ceuta ni Melilla.
¿Se van a prohibir los vapers desechables?
El anteproyecto de la nueva ley antitabaco prevé prohibirlos con un periodo transitorio de 12 meses, pero todavía no está aprobado ni en vigor. Mientras no se publique en el BOE, su venta sigue siendo legal.
¿Dónde no se puede vapear?
Hoy ya está prohibido en centros sanitarios, educativos, transporte público y administraciones. La futura ley ampliará la prohibición a terrazas, estaciones, parques infantiles y otros espacios al aire libre.
En YonofumoYovapeo solo vendemos productos conformes a la normativa española, notificados a Sanidad y con envío en 24 h.
